Qué es el Proyecto de Ley de Familias

La Ley de Familias que está tramitándose es un compromiso adquirido por España frente a Europa, en el marco del Plan de Recuperación y Resiliencia de España, que incluía entre sus compromisos la aprobación de una Ley de Familias que sirviera para reconocer jurídicamente los diversos tipos de estructuras familiares existentes, para determinar prestaciones y los servicios para apoyar a las familias y para reducir la pobreza infantil. 

A pesar de los esfuerzos, la anterior legislatura finalizó con un Proyecto de Ley que no llegó a aprobarse ni debatirse en el Congreso de los Diputados. No obstante, lo que sí aprobó el Gobierno el pasado mes de junio de 2023, mediante Real Decreto Legislativo, fueron una serie de permisos para cuidar, también fruto de obligaciones provenientes de Europa (Directiva de Conciliación 1158/2019).

 

Objetivos del Proyecto de Ley

El texto anterior, ha sido “rescatado” en esta legislatura, eliminando lo ya regulado en el RDL, en el mismo punto en el que se quedó en la legislatura anterior y, en la actualidad, el Proyecto de Ley de Familias, se encuentra en trámite parlamentario. Esta Ley tiene tres objetivos básicos:

  • El cumplimiento de la obligación de proteger a todas las familias, tal y como establece el Art. 39 de la Constitución Española.
  • El cumplimiento de la obligación del estado de asegurar que las niñas, niños y adolescentes se encuentran igualmente protegidos con independencia del tipo de familia en el que crezcan, tal y como establece el Art. 2 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
  • El cumplimiento del Componente 22 “Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión”, del Plan de Recuperación y Resiliencia de España.

El Proyecto incluye algunas medidas de apoyo para todas las familias, como la denominada “Prestación económica de apoyo a la crianza”, que contempla la ampliación de la deducción de 100 euros mensuales que ya disponen las madres trabajadoras a las madres que hayan cotizado al menos 30 días, dejando todavía fuera de esta ayuda a las madres inactivas en el mercado laboral.

Además, establece de una serie de medidas de apoyo a “situaciones familiares específicas”,  entre ellas:

  • Mejora la protección a las familias numerosas,  reconociendo en su categoría especial a las de 4 ó más hijos o hijas y  3 en caso de parto múltiple y reduciendo el número también a 3, cuando los ingresos anuales, divididos por el número miembros, no superen el 150% del IPREM vigente. En los supuestos equiparados, se fija el grado de discapacidad en el 33% en lugar del vigente 65% y se incluye a las todas las familias monoparentales con dos hijos, acabando con una discriminación histórica por estado civil, puesto las viudas con dos hijos ya estaban incluidas. Además, en caso de separaciones o divorcios con custodia compartida, el título de familia numerosa lo podrán ostentar ambos progenitores, para que ambos puedan acogerse a sus beneficios.
  • Mejora de la protección a las parejas de hecho, que tendrán derecho a pensión de viudedad y al complemento a mínimos de las pensiones, acceso al Fondo de Garantía de Pago de Alimentos en caso de disolución y se creará un Registro Estatal centralizado para las parejas registradas a nivel autonómico.
  • Reconoce otros modelos o “situaciones” familiares que requieren especial protección, tales como las familias formadas por una sola persona progenitora, familias formadas por personas pertenecientes a los colectivos LGTBI, familias en las que uno o ambos miembros de la pareja tienen hijas o hijos de uniones anteriores, familias adoptivas o acogedoras, familias procedentes de otro Estado o territorio, o en que alguno o algunos de sus integrantes residen fuera del territorio nacional, o familias entre personas que proceden de entornos culturales o étnicos.
 

Qué dice el Proyecto de Ley sobre las Familias Monoparentales

En relación a las Familias Monoparentales, el proyecto da un paso importante, al reconocer por ley, después de 30 años de reivindicación de las asociaciones de Familias Monoparentales, este modelo familiar, y establecer una serie de líneas generales para el desarrollo posterior de políticas y medidas, principalmente en el ámbito autonómico. 

Algunos avances y medidas que incorpora son:

  • Definición y título: el proyecto establece una definición de familia monoparental y la obligación de las Comunidades Autónomas de otorgar un título de Familia Monoparental, si bien, en un plazo máximo de dos años.
  • Obligación de desarrollar medidas: contempla la obligación genérica de las Administraciones Públicas de desarrollar las medidas necesarias para garantizar los derechos de las familias monoparentales y que puedan afrontar “las especiales dificultades y costes asociados a la atención, cuidado y educación de hijas e hijos en solitario, de forma que sus integrantes no queden en situación de desventaja para el acceso a los bienes económicos, culturales y sociales y que no se produzcan discriminaciones en el acceso y disfrute de derechos, beneficios y servicios”. 
  • Criterio corrector de umbrales de renta: se establece la obligación de aplicar un criterio corrector para que los umbrales de renta para el acceso a ayudas sean al menos los mismos establecidos para las familias biparentales con el mismo número de hijas o hijos. 
  • Acceso gratuito a primer ciclo de infantil durante 16 semanas: el proyecto establece la obligación de las comunidades autónomas de garantizar el acceso de los hijos o hijas de unidades familiares con una sola persona progenitora, durante 16 semanas, dentro de los primeros 24 meses de vida del recién nacido, mientras no se alcance la gratuidad total del primer ciclo de educación infantil. 
 

Nuestras aportaciones al texto de Ley

A pesar de los avances, las Familias Monoparentales no pueden esperar años a que las políticas generales propuestas en el proyecto se materialicen en la práctica.

Es necesario concretar medidas de aplicación efectiva desde su entrada en vigor para TODAS las familias monoparentales desde el primer hij@, dados los alarmantes índices recientemente publicados. Revertir el índice de riesgo de pobreza y exclusión del 55,7% de los niños y niñas de familias monoparentales no puede esperar. ES UNA EMERGENCIA. 

También urge garantizar que los niños y niñas de familias monoparentales tengan derecho a ser cuidados EN EL HOGAR durante el mismo tiempo que el resto y a no ser institucionalizados y separados de sus figuras de apego 16 semanas antes que el resto, por muy gratuito que sea este acceso.

Hemos trasladado a los grupos parlamentarios y ministerios nuestras prioridades para mejorar la Ley de Familias en trámite parlamentario, apelando a su responsabilidad y compromiso de aprobar la Ley de Familias, con el objetivo de lograr nuestro reconocimiento, el logro de una igualdad real en base a la Constitución y la Convención sobre los Derechos del Niño y la reducción urgente de los índices de riesgo de pobreza y exclusión de nuestras familias. 

Las prioridades trasladadas y que pueden ser consultadas en nuestro documento de aportaciones al Proyecto de Ley de Familias 2024, son: 

  1. Definición y título:
  • Mejora de la definición de familia monoparental.
  • Aplicación del factor corrector que señala el art. 34.3 del Proyecto de Ley a las familias monoparentales.
  • Registro Estatal de Familias Monoparentales.
  1. Marco protector:
  • Marco protector derivado de la Ley 40/2003, que pasa a denominarse Ley de familias con mayores necesidades a la crianza, a todas las monoparentales desde el primer hijo/a.
  • Eliminar la discriminación de aquellas con miembros con discapacidad o con bajos ingresos frente a las familias biparentales.
  1. Permisos y otras medidas en el ámbito laboral.
  • Duplicidad de todos los permisos dirigidos a cuidar garantizando el derecho al mismo tiempo de cuidado de niños y niñas de Familias Monoparentales.  
  • Igualar el ejercicio de derechos en todas las medidas en las se condiciona su disfrute a que ambos progenitores trabajen.
  1. Fiscalidad:
  • Modificaciones en la Ley del IRPF que nos penaliza en múltiples ámbitos. 
  • Garantizar que la Ley de Haciendas Locales permite que los ayuntamientos puedan practicar bonificaciones a todas las familias monoparentales desde el primer hijo/a.
  1. Seguridad Social:
  • Corrección de la prestación de corresponsabilidad con el cuidado del lactante. 
  • Modificación del IMV y del complemento de infancia a través de una disposición final, para que se materialicen de manera directa las mejoras que el texto incluye para las familias monoparentales.
 

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